Cumpliendo con la observación de la Constitución Nacional y en pos de afianzar la naciente democracia del Reino de Buenos Aires, S.M. Carolus I, Rey de Buenos Aires decreta:
Art. 1 Se convoca a elecciones generales del Reino de Buenos Aires.
Art. 2 Las elecciones generales contemplan los siguientes cargos públicos:
a- Primer Ministro
b- Senadores. Se elegirán 50 Senadores de acuerdo a la Ley Electoral que prevee 4 Senadores por cada Ducado, 1 Senador para el Condado de Isla Real y 1 Senador para el Condado de Islas Palatinas.
c- Concejales. Se elegiran concejales de acuerdo a la normativa vigente en cada Marquesado.
Art. 3 Las elecciones se realizarán el día 25 de Febrero de 2009.
Art. 4 Podrán presentarse a elecciones los partidos legalmente constituidos del Reino, según Ley Electoral, los cuales son:
a- Partido Democrático Bonarense (PADEBON)
b- Unión Social de Buenos Aires (USBA)
c- Frente de Liberación Bonaerense (FRELIBO)
Art. 5 Los candidatos que resulten ganadores, asumirán los respectivos cargos el 29 de enero de 2009, con el objeto de no demorar la puesta en marcha de las instituciones democráticas.
Art. 6 El ejercicio del Poder Ejecutivo por parte de S.M. Carolus I quedará sin efecto apenas asumido el nuevo gobierno, relegandose a su papel de Jefe de Estado, tal como dictamina la Constitución, quedando sin efecto a su vez, el Artículo 138 Provisorio de la Constitución Nacional.
Art. 7 El presente decreto entra en vigor a partir del 12 de enero de 2009.
Art. 8 Comuníquese, Publíquese y Archívese.
S. M. Carolus I, Rey de Buenos Aires
Dra. Eladia Aranzasti Ojeda, Ministro de Asuntos Internos
lunes, 19 de enero de 2009
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario